Abogados del Maule presta asesoría en el trámite de cambio de nombre o apellido o nombre completo.

Usted debe tener claro que puede cambiar su nombres, su segundo nombre, y también el primer o segundo apellido o todo el nombre completo si lo desea y se ajusta a las exigencias legales.

Es importante que la decisión de cambiar su nombre y/o apellido sea bien meditada, dado que la actual legislación autoriza el cambio una sola vez en la vida, de modo que si se arrepiente en el futuro no podrá volver atrás.

¿ Es posible cambiarse el Apellido ? ¿Puedo cambiar el apellido de mi hijo?

Cualquier persona podrá solicitar, por una sola vez, el cambio de sus nombres o apellidos, en los siguientes casos:

  • Cuando sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente.
  • Cuando por más de 5 años haya sido conocida por nombres o apellidos distintos a los que salgan en su carnet de identidad.
  • En los casos de filiación no matrimonial, para agregar un apellido cuando la persona hubiere sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido.
  • Cuando los nombres o apellidos no son en español, podrá solicitarse para que se autorice traducirlos al idioma castellano.

¿Qué debo hacer para cambiar mi Apellido?

El procedimiento a seguir es ante los tribunales civiles y demora entre 5 meses y 11 meses. Obligatoriamente se requiere la asistencia de un abogado.

¿Cómo puedo probar que he sido conocido por 5 años por un nombre distinto al que aparece en mi carnet de identidad?

Para el procedimiento de cambio de apellido, la prueba que se suele utilizar son testigos (o documentos, aunque no suelen existir). Los testigos deberán dar fe del uso del nombre y/o apellido por más de 5 años.

En estos juicios de cambio de apellido no pueden ser testigos familiares directos, sino que tienen que ser vecinos, amigos u otros.

Efecto de cambio de Apellido

El cambio de apellido produce como efecto que usted deberá usar en todas sus actuaciones futuras, su nuevo nombre o apellido. Ahora, no cambia el RUT ni otro atributo, sigue siendo, jurídicamente, la misma persona, con los mismos padres e hijos. No obstante esto el cambio de apellido afectará a los descendientes sujetos a patria potestad y a los que consientan en ello.

Si usted tiene descendientes menores de edad deberá también solicitar el cambio de apellido de sus hijos y la modificación en la partida de matrimonio y en las inscripciones de nacimiento. Si sus hijos son mayores de edad ellos deberán consentir el cambio de apellido para que les afecte.

Además, al cambiar su apellido se deberá hacer la correspondiente notificación a todas las instituciones pertinentes del cambio, para que actualicen sus bases de datos. Esto no es automático, sino que es algo que deberá solicitar una vez concluido el juicio.

¿Puedo poner el apellido de mi marido o pareja a mi hijo?

No existe problema, si su hijo(a) ha sido conocido (a) con el apellido de su marido por más de 5 años. Es más, una de las razones más comunes por las cuales se tramita un cambio de apellido es justamente esta, y es un motivo plausible por razones sociales -la prueba es por testigos, quienes deben dar fe de esta situación- (para hacer el cambio de nombre no se requiere autorización del padre biológico, no obstante debe considerar que la ley exige que se publique un extracto de la solicitud de cambio de nombre o apellido en el Diario Oficial, permitiendo que quien tenga interés pueda oponerse dentro de 30 días. De esta forma, si el padre biológico llegara a leer el diario oficial o a saber de esta situación podría haber una oposición de su parte, caso en el cual el juez resolverá si autoriza o no el cambio.

¿Si cambio el apellido de mi hijo se alteran las obligaciones del padre biológico?

No. Tiene que tener presente que los derechos y obligaciones entre padre e hijo no se alteran o suprimen por el cambio de apellido. Así, por ejemplo, subsiste el derecho a percibir pensión de alimentos. Es decir, el padre legalmente seguirá siendo el mismo aún cuando se cambie el apellido del menor, el cambio podríamos decir entonces que es en apariencia, cambia el apellido.

¿Puedo elegir cualquier apellido al modificarlo?

Claro, pero lea las causales. Si la causal es la de haber sido conocido por más de 5 años con ese nombre o apellido, debe acreditar probar aquello en el juicio.
Ahora, debe considerar que la ley exige que se publique un extracto de la solicitud de cambio de nombre o apellido en el Diario Oficial (publicación que es gratuita), permitiendo que quien tenga interés pueda oponerse dentro de 30 días.

¿Qué debo hacer para cambiar mi nombre y/o apellido?

Si desea que tramitemos su cambio de apellido, háblennos por medio del contacto que se señalan en la parte inferior. Necesitaremos para comenzar el procedimiento el certificado de nacimiento y de matrimonio (si estas casado(a) ). Ambos se obtienen en el registro civil o pueden ser bajados de su página Web www.registrocivil.cl Luego necesitará mayor documentación, pero la solicitaremos a su debido momento.

Si usted gusta nosotros podemos obtener los certificados correspondientes.

Novasur Abogados presta asesoría en el trámite de cambio de nombre o apellido o nombre completo.
Usted debe tener claro que puede cambiar su nombres, su segundo nombre, y también el primer o segundo apellido o todo el nombre completo si lo desea y se ajusta a las exigencias legales.
Es importante que la decisión de cambiar su nombre y/o apellido sea bien meditada, dado que la actual legislación autoriza el cambio una sola vez en la vida, de modo que si se arrepiente en el futuro no podrá volver atrás.
Cualquier persona podrá solicitar, por una sola vez, el cambio de sus nombres o apellidos, en los siguientes casos:
  • Cuando sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente.
  • Cuando por más de 5 años haya sido conocida por nombres o apellidos distintos a los que salgan en su carnet de identidad.
  • En los casos de filiación no matrimonial, para agregar un apellido cuando la persona hubiere sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido.
  • Cuando los nombres o apellidos no son en español, podrá solicitarse para que se autorice traducirlos al idioma castellano.
 El procedimiento a seguir es ante los tribunales civiles y demora entre 5 meses y 11 meses. Obligatoriamente se requiere la asistencia de un abogado. Usted debe simplemente contactarnos y nosotros nos encargaremos de todo.
Para el procedimiento de cambio de apellido, la prueba que se suele utilizar son testigos (o documentos, aunque no suelen existir). Los testigos deberán dar fe del uso del nombre y/o apellido por más de 5 años.
En estos juicios de cambio de apellido, no pueden ser testigos familiares directos, sino que tienen que ser vecinos, amigos u otros.
El cambio de apellido produce como efecto que usted deberá usar en todas sus actuaciones futuras, su nuevo nombre o apellido. Ahora, no cambia el RUT ni otro atributo, sigue siendo, jurídicamente, la misma persona, con los mismos padres e hijos. No obstante esto el cambio de apellido afectará a los descendientes sujetos a patria potestad y a los que consientan en ello.
Si usted tiene descendientes menores de edad deberá también solicitar el cambio de apellido de sus hijos y la modificación en la partida de matrimonio y en las inscripciones de nacimiento. Si sus hijos son mayores de edad ellos deberán consentir el cambio de apellido para que les afecte.
Además, al cambiar su apellido se deberá hacer la correspondiente notificación a todas las instituciones pertinentes del cambio, para que actualicen sus bases de datos. Esto no es automático, sino que es algo que deberá solicitar una vez concluido el juicio.
No existe problema, si su hijo(a) ha sido conocido (a) con el apellido de su marido por más de 5 años. Es más, una de las razones más comunes por las cuales se tramita un cambio de apellido es justamente esta, y es un motivo plausible por razones sociales -la prueba es por testigos, quienes deben dar fe de esta situación- (para hacer el cambio de nombre no se requiere autorización del padre biológico, no obstante debe considerar que la ley exige que se publique un extracto de la solicitud de cambio de nombre o apellido en el Diario Oficial, permitiendo que quien tenga interés pueda oponerse dentro de 30 días. De esta forma, si el padre biológico llegara a leer el diario oficial o a saber de esta situación podría haber una oposición de su parte, caso en el cual el juez resolverá si autoriza o no el cambio.
No. Tiene que tener presente que los derechos y obligaciones entre padre e hijo no se alteran o suprimen por el cambio de apellido. Así, por ejemplo, subsiste el derecho a percibir pensión de alimentos. Es decir, el padre legalmente seguirá siendo el mismo aún cuando se cambie el apellido del menor, el cambio podríamos decir entonces que es en apariencia, cambia el apellido.
Claro, pero lea las causales. Si la causal es la de haber sido conocido por más de 5 años con ese nombre o apellido, debe acreditar probar aquello en el juicio.
Ahora, debe considerar que la ley exige que se publique un extracto de la solicitud de cambio de nombre o apellido en el Diario Oficial (publicación que es gratuita), permitiendo que quien tenga interés pueda oponerse dentro de 30 días.
Si desea que tramitemos su cambio de apellido, rellene el formulario que aparece al final de la página o llámenos directamente a los teléfonos que se señalan. Necesitaremos para comenzar el procedimiento el certificado de nacimiento y de matrimonio (si estas casado(a) ). Ambos se obtienen en el registro civil o pueden ser bajados de su página Web www.registrocivil.cl. Luego necesitará mayor documentación, pero la solicitaremos a su debido momento.
Si usted gusta nosotros podemos obtener los certificados correspondientes.